CON EL ANIMO DE EVITAR EL INDICE DE NIÑOS Y ADULTOS QUEMADOS EN ESTAS FIESTAS DE FIN DE AÑO, LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL, POR MEDIO DEL DECRETO 059 DE DICIEMBRE 3 DE 201O, PROHÍBE LA COMERCIALIZACIÓN, EXPENDIÓ, ALMACENAMIENTO Y UTILIZACIÓN DE PÓLVORA; (EXCEPTUANDO ESPECTÁCULOS O DEMOSTRACIONES PUBLICAS REALIZADAS POR PROFESIONALES, ACREDITADOS POR EL CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL MUNICIPIO, A LAS CUALES SE LES OTORGARA PERMISO PREVIAMENTE POR LA SECRETARIA DE GOBIERNO. QUIEN INCURRA EN VIOLACIÓN A ESTE DECRETO, INCURRIRÁ EN SANCIÓN PECUNIARIA DE 2 A 20 SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES Y EL DECOMISO DEL MATERIAL. OJO PADRES DE FAMILIA O REPRESENTANTES LEGALES QUE INDUCEN A LOS MENORES A LA UTILIZACIÓN DE ESTE TIPO DE ARTÍCULOS CUALQUIER LESIÓN QUE SE OCASIONE EN ESTOS TENDRÁ SANCIÓN CIVIL Y ECONÓMICA, PERO MAS ALLÁ EL DAÑO QUE LE OCASIONAN A SUS SERES MAS QUERIDOS EL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE DECRETO ESTA A CARGO DE LA ESTACIÓN DE POLICÍA, COMISARIA DE FAMILIA E INSPECCIÓN DE POLICÍA, DE ACUERDO CON SU COMPETENCIA
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