jueves, 4 de octubre de 2012

ABIERTA CONVOCATORÍA PARA VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL


La Alcaldía municipal abre la convocatoria para la construcción de viviendas de interés social para que las personas interesadas en tener una vivienda del municipio de Tabio se puedan postular. La convocatoria se abrió desde el primero de octubre y va a estar abierta hasta el lunes 22 de octubre.

La alcaldía ha expedido la resolución 409 en la cual se reglamenta y se abre la convocatoria pública para la inscripción y preselección de beneficiados al programa en la modalidad de adquisición de vivienda que desarrollara el municipio de Tabio.

Dentro de la reglamentación que se ha expedido se tienen unos plazo establecidos. Desde el primero al 22 de octubre la convocatoria el horario es entre las 7:00am y 5:00pm de lunes a viernes. La inscripción se hace directamente en la alcaldía municipal.

ara la publicación de las personas inscritas se tiene como fecha establecida el día 26 de octubre a las 8:00am. El envío de cruce de cédula es el día 29 de octubre. Se enviará la documentación para el cruce de información con las cajas de compensación. El 26 de febrero de 2013 se hará la publicación de las personas preseleccionadas para el plan de vivienda.

Los requisitos para poder aplicar a la convocatoria del plan de vivienda de interés social son. 1. Diligenciar la planilla de inscripción 2. Adjuntar una fotocopia de la cedula de las personas que conforman o hacen parte del núcleo familiar, se permite hasta el tercer grado de consanguinidad. 3. También es necesario la copia del carné de la caja de compensación y por último llevar la copia del certificado del SISBEN.

Para adquirir la vivienda se requiere de un ahorro programado del 15 por ciento del valor de la vivienda. Para este año la vivienda tiene un precio aproximado de 39.600.000 millones de pesos y para el próximo año podría tener un valor de 41.000.000 millones de pesos con los respectivos incrementos del salario mínimo.

Con esta convocatoria se busca que todos los habitantes tengan el derecho a una vivienda digna. Y para ellos según el artículo 51 el Estado fijara las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de vivienda adecuados de financiación para la ejecución de estos programas.

Paula Andrea Casallas

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